Con el objetivo de evitar que los contribuyentes diversifiquen las sumas entre distintas cuentas, las entidades financieras, como por ejemplo los bancos, deberán cruzar la información de manera automática con la Afip y realizar el correcto seguimiento del dinero.
En las últimas horas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) anunció un nuevo control sobre las transferencias bancarias de montos menores, con el objetivo de evitar que los contribuyentes diversifiquen las sumas entre distintas cuentas. Esta nueva medida estipula que las entidades financieras, como por ejemplo los bancos, deberán cruzar la información de manera automática con la Afip y realizar el correcto seguimiento del dinero.
De esta forma, el organismo estará al tanto de montos bajos de transferencias bancarias entre usuarios y, en caso de no contar con documentación respaldatoria, podría haber sanciones.
La entidad controlará todas las transferencias bancarias que superen los $200.000. Las distintas entidades financieras tendrán que informar al Banco Central de la República Argentina (BCRA) cuando las transacciones superen ese monto.
Sanciones
La administración podrá sancionar en varios casos, como no entregar o no emitir facturas o comprobantes equivalentes por una o más operaciones comerciales, industriales, agropecuarias o de prestación de servicios que realicen en las formas, requisitos y condiciones establecidas.
El banco puede retener o rechazar la transferencia y solicitarte que justifiques los fondos. En caso contrario, podrían cerrarte la cuenta y elaborar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
La documentación más habitual para realizar, de forma correcta, la justificación del origen de fondos de transferencia bancarias ante AFIP son:
- Recibos de sueldo y/o haberes jubilatorios.
- Facturación de los últimos meses.
- Certificado de fondos emitido por un contador público.
- Declaratoria del heredero.
- Documentos que acrediten la venta de acciones u empresa.
- Boletos de compraventa, en el caso de la venta de un vehículo.
Fuente: Conclusión







