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La Fiscalía solicitó prisión perpetua para José Figueroa por el femicidio de su esposa

Durante sus alegatos, la fiscal Sodero Calvet solicitó además que se investiguen las conductas de un médico presentado como perito de parte y un licenciado en Criminalística presentados por la defensa, por la posible de comisión del delitos en su desempeño durante el debate. 

La fiscal penal de la Unidad de Femicidios, María Luján Sodero Calvet, representa al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de debate contra José Eduardo Figueroa, imputado como autor del delito de homicidio doblemente calificado por el vínculo, la relación de pareja preexistente y por mediar violencia de género, en perjuicio de quien fuera su esposa.

Este miércoles 29 de abril, al reanudarse la audiencia de debate, el Tribunal integrado por los jueces Cecilia Flores Toranzos, Leonardo Feans y Eduardo Sángari, se dio lugar a los alegatos de las partes.

Al iniciar sus alegatos, la fiscal Sodero Calvet sostuvo que Mercedes Kvedaras se encontró con la muerte en la plenitud de la vida, en su mejor momento como mujer. Donde llegó con muchos esfuerzos, logrando una estructura sólida y encontrándose en condiciones de tomar decisiones en su vida, como nunca antes lo había hecho.

De los testimonios recogidos, dijo que se evidenció que con todo esto, pretendía dar un giro a su vida, terminar una carrera universitaria brillante y desde un espacio afectivo diferente, con alguien que la valoraba y la respetaba como mujer, lo cual le daba fuerza.

A lo largo de su exposición, sostuvo que a lo largo de la vida de pareja, había sido víctima de distintos tipos de violencia, donde sufrió ninguneo, malos tratos, violencia económica y violencia física.

En un análisis pormenorizado, concluyó que la mató por no poder soportar perder el control en una relación donde el fue siempre el «poderoso» y ella la «débil».

Con un detalle de situaciones evidenciadas por testimonios de familiares de la víctima e incluso por testigos conceptuales presentados por la defensa y de los informes periciales realizados, Sodero Calvet sostuvo que se trató de una relación atravesada por la violencia de género, desde sus comienzos, hasta el desenlace fatal.

Fue enfática en resaltar que la forma en que murió, fue de dominio absoluto, la trató de manera brutal, manipuló su cuero e incluso en la forma en que quiso disponer de su cuerpo, arrastrándola e intentando descartarlo, quitándole toda dignidad.

La fiscal planteó que la autoria de Figueroa no está en discusión, «El la mato», sostuvo. Dijo que se discuten dos cuestiones, cómo la mato y por que la mato.

Respecto a cómo murió Mercedes Kvedaras, la fiscal afirma que la autopsia es una prueba científica por excelencia y es una evidencia indiscutible que no tiene ningun punto de discusión.

Hizo hincapié en que al momento de la autopsia, participaron un médico forense del Cuerpo de Investigaciones Fiscales, y dos médicos forenses presentados como peritos de parte por la querella y la defensa, quienes firmaron el informe final de manera conjunta y consensuada respecto a la causa de muerte, las conclusiones, la descripción y referencia de los hallazgos en el cuerpo.

En este punto, se refirió a los testimonios de los médicos intervinientes. Respecto del médico del CIF que practicó la autopsia con el consenso de los otros peritos. Dijo que la exposición se realizó con un soporte multimedia, con el que se refirio a cada una de las lesiones y las explicó en detalle.

El profesional concluye que la muerte fue por asfixia por estrangulamiento y sofocación, con una cantidad de lesiones que llevan a un politraumatismo. Describió las numerosas lesiones en distintas partes del cuerpo y que se produjeron mientras estaba con vida. Aclaró que en el cuerpo se evidenciarion lesiones defensivas.

Durante el debate, estas conclusiones fueron confirmadas por el perito médico de la querella y al referirse al médico forense de la defensa, cuestionó su testimonio, donde dos años y medio después, se retractó de lo vertido en el informe de autopsia, poniendo en duda su credibilidad.

Sodero Calvet sostuvo la gravedad inusitada de la conducta del profesional, al retractarse de un informe sin respaldo objetivo, lo que además de constituir un delito, le quitan toda credibilidad.

En su declaración llegó a afirmar que no hubo golpes, que no hubo cianosis y que la muerte se habría producido por un «efecto latigazo» y al ser consultado no pudo explicar la falta de lesiones medulares y cervicales en el cuerpo que así lo acrediten.

En su exposición, a la que calificó de desordenada, improlija, sin rigor cientifico e inconsistente metodologicamente, «trató de acomodar sus conclusiones a la version del imputado, la que se produjo en forma posterior a la autopsia» finalizó la fiscal.

Como conclusión, sostuvo la representante del Ministerio Público Fiscal, que la muerte de Kvedaras no es compatible con un accidente, con una muerte instantánea, ni una muerte subita, sino de haber ejercido una fuerza ejercida de manera sostenida, persistente, controlada por quien la estaba ejecutando, en una clara muestra de voluntad y dominio del hecho.

Esto fue confirmado por la anátomopatologa y la especialista en Biología Molecular del CIF, donde se plasma la forma en que se produjo la muerte y la presencia de material biológico del acusado en las zonas vitales de la víctima.

También se refirió a un Licenciado en Criminalística presentado por la defensa para realizar una reconstrucción virtual que buscaba acomodarse a la version de Figueroa, sobre como se produjeron los hechos.

Dijo que el profesional realizó tareas en la causa sin estar matriculado en la provincia de Salta, pese a las advertencias del Colegio que los nuclea.

Cuestionó además que desde su ciencia, hizo consideraciones sobre la causa de muerte, difiriendo con los médicos y desvirtuando el origen de las lesiones; atribuyéndole dolo o culpa a las acciones analizadas e incorporando términos jurídicos y conclusiones sobre cuestiones que no fueron solicitadas.

También lo refutó respecto a la mécanica del hecho y al lugar donde se habría producido, en base a la evidencia concreta.

Sobre el estado del imputado al momento del hecho, la fiscal Sodero Calvet calificó de totalmente subjetivo los testimonios de la psicóloga y la psiquiatra particulares del imputado, ya que en vez de referirse al abordaje que realizan para asegurar su salud mental, introdujeron cuestiones como el término jurídico «emoción violenta», siendo que no estaban habilitadas para perfilar ni peritar en la causa.

En el mismo sentido se refirió a un psiquiatra presentado como perito por la defensa, quien fuera del margen de actuación en su pericia, introdujo cuestiones jurídicas y que ocasionaron que los representantes de la querella lo denunciaran por plagio

Hizo énfasis en el testimonio de la médica psiquiatra del CIF, quien dirigió la pericia psiquiátrica, quien lo calificó como manipulador, con dificultad para manejar sus impulsos, con anestesia emocional, desprovisto de afecto y con tendencia a la mendacidad y al ocultamiento.

La fiscal afirmó que José Eduardo Figueroa actuó en estado de plena conciencia y lucidez, evidenciado sobre todo por la logística por él desplegada, como fue que tras la muerte de la víctima, realizó movimientos estratégicos para disponer del cuerpo, incluso buscar un cuchillo para autolesionarse de forma superficial y sin riesgo de vida.

Al finalizar, la titular de la Unidad de Femicidios solicitó al Tribunal que se disponga la responsabilidad penal de Figueroa, por el delito por el que llegó acusado, se mantenga privación de libertad hasta tanto la sentencia quede firme.

Solicitó que se disponga la remisión de las constancias pertinentes a la Fiscalía que por jurisdicción corresponda, en relación a la conducta del médico forense presentado por la defensa, por la posible comisión del delito de falso testimonio y se remitan copias pertinentes al Tribunal de Ética del Colegio de Médicos de Salta a los fines que pudiera corresponder atento a su conducta. También se solicitó que se informe sobre la remisión de tales constancias a la autoridad que corresponda en la Justicia Federal, dado que es el ámbito en el que el profesional se desempeña laboralmente.

También que se remitan las copias partinentes a la Fiscalía que corresponda, en relación a la intervención del Licenciado Enrique Prueguer sobre la posible comisión del delito de ejercicio ilegal de la profesión.

Finalmene solicitó se contemple un resarcimiento a la familia de la víctima por el daño causado, a determinar por el Tribunal.

A su turno, los abogados querellantes adhirieron a lo manifestado por la fiscal Sodero Calvet, hicieron hincapié en la situación de violencia en la que vivía la víctima y cuestionaron algunos testimonios presentados por la defensa. Puntualmente se refirieron al informe de un médico psiquiatra presentado como perito por la defensa, en el que habría incurrido con irregularidades tales como introducir cuestiones no solicitadas como punto de pericia y la introducción de material bibliografico de una Licenciada en Criminalística sin los debidos créditos, al que calificaron de «trucho» y por el que se realizó una presentación oportunamente.

Solicitaron prisión perpetua para el acusado y adhirieron a lo solicitado por la fiscal respecto de los testigos Dib y Prueguer y además pidieron que se investigue el médico psiquiatra Navarro por la posible comisión del delito de falso testimonio.

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